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Indigenous and Tribal Peoples Convention, 1989 (No. 169) - Brazil (RATIFICATION: 2002)

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La Comisión reitera el contenido de su solicitud directa adoptada en 2019 y reproducida a continuación.
Artículos 2 y 7 del Convenio. Acción coordinada y sistemática. La Comisión toma nota de la adopción del programa temático Protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas, incluido en el Plan Plurianual de la Unión (PPA 2016-2019). La Comisión observa que dicho programa se divide en cinco grandes ejes: promoción de los derechos sociales, culturales y ciudadanos; promoción de la gestión territorial y ambiental de las tierras indígenas; garantía de la posesión plena sobre las tierras; preservación y promoción del patrimonio cultural de los pueblos indígenas y promoción del acceso a los servicios de salud. Para cada uno de dichos ejes, se definen objetivos a alcanzar e iniciativas a desarrollar. La Comisión toma nota de que, en su parte introductoria, el PPA 2016 2019 considera que uno de los mayores desafíos de la política indigenista en el Brasil reside en la mejora de la integración y de la sinergia de las acciones llevadas a cabo en diferentes niveles. La Comisión pide al Gobierno que envíe información sobre la aplicación del programa temático Protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas, indicando las medidas adoptadas para alcanzar los objetivos fijados. Sírvase indicar si se han llevado a cabo evaluaciones sobre la implementación del programa y los resultados obtenidos, así como sobre la manera en que han participado los pueblos indígenas y tribales.
Artículo 2, párrafo 2, b). Medidas para promover la plena realización de los derechos sociales y económicos de los pueblos indígenas y tribales. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de la información relativa al Programa «Bolsa Família» (PBF), un programa de transferencia directa de ingresos para las familias que viven en situación de pobreza o de extrema pobreza con acceso a servicios de salud y educación. Observó que se había firmado un acuerdo de cooperación con la Fundación Nacional del Indio (FUNAI) para integrar a las familias indígenas y quilombolas en ese programa y acompañarlas. La Comisión pidió información sobre el impacto del programa en la realización de los derechos sociales, económicos y culturales de los pueblos indígenas y la manera en que participaban en el desarrollo del programa. El Gobierno indica que en 2018 el número de familias indígenas beneficiadas fue de 114 903 y que el programa ha permitido mejorar las condiciones de vida de numerosas comunidades indígenas y proporcionar un mejor acceso a los servicios de salud y educación. El Gobierno señala que, tras estudios etnográficos realizados en las comunidades indígenas, se presentó un informe sobre la ejecución del programa entre los pueblos indígenas a las distintas comunidades indígenas y se llevó a cabo una evaluación de la situación con su participación. El objetivo fue proponer ajustes a nivel de la gestión local para garantizar que los pueblos indígenas reciban un atendimiento más calificado. Por ejemplo, se han establecido normas más flexibles en relación con la documentación necesaria para inscribir a los miembros de las comunidades indígenas en el Catastro Único de Programas Sociales. La Comisión saluda el enfoque inclusivo adoptado para garantizar que se tengan en cuenta las especificidades de los pueblos indígenas y tribales para su integración en el Programa «Bolsa Família». La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre el número de familias indígenas y tribales que están incluidas en el Programa « Bolsa Família » y la medida en la que esta inclusión ha tenido un impacto en su acceso a los servicios de salud y educación que se les ofrecen.
Artículos 7 y 15. 1. Trasvase del Río San Francisco. La Comisión observa que el Gobierno proporciona información detallada sobre las características del proyecto hídrico, la realización de estudios de impacto ambiental y los programas sociales y ambientales contemplados y presupuestados en el marco de la ejecución del proyecto. La Comisión pide al Gobierno que indique cómo los pueblos indígenas y tribales interesados participan en la elaboración y ejecución de esos programas en la medida en que son susceptibles de afectarlos. Sírvase también indicar cómo se garantiza la cooperación de los pueblos indígenas y tribales en lo que respecta a las medidas adoptadas para preservar y proteger el medio ambiente de los territorios que habitan.
2. Usina hidroeléctrica Belo Monte (Estado de Pará). La Comisión pidió al Gobierno que siguiera proporcionando información sobre la evolución del proyecto de la usina hidroeléctrica de Belo Monte, incluyendo información sobre las medidas adoptadas para garantizar la protección efectiva de los derechos de las comunidades indígenas afectadas por la construcción y el funcionamiento de la central. El Gobierno indica que, en 2015, se firmó un acuerdo de cooperación entre la FUNAI y la empresa Norte Energía sobre la implementación del Plan de protección territorial y ambiental de las tierras indígenas del Medio Xingu. En el marco del proceso de licenciamiento de la usina hidroeléctrica, se realizaron consultas con las comunidades indígenas afectadas, coordinadas por el Instituto Brasileño de Medio Ambiente y Recursos Naturales Renovables (IBAMA) y acompañadas por la FUNAI, que envolvieron todos los pueblos de las 11 tierras indígenas afectadas. Se celebraron un gran número de reuniones y audiencias públicas con las comunidades indígenas y las medidas propuestas por las comunidades indígenas se contemplaron en el Proyecto Básico Ambiental para las Comunidades Indígenas (PBA-CI). El Gobierno considera que se trata de un proceso de consulta permanente en el que se brinda información y apoyo a las comunidades, para garantizar su participación efectiva y permitirles dar su opinión sobre el proyecto y su impacto. El PBA-CI se compone por un plan de gestión y diez programas, incluido un programa para el fortalecimiento institucional de las organizaciones indígenas. El Gobierno afirma que se están creando las bases para mitigar y compensar los impactos junto con las comunidades afectadas y para promover su protagonismo y participación en los espacios de toma de decisiones.
La Comisión también toma nota de que en septiembre de 2019 se celebró una primera audiencia de conciliación ante la Cámara de Conciliación y Arbitraje de la Advocacia-Geral da União (AGU). La conciliación se realizó en el marco de la acción civil pública iniciada en 2004 por el Ministerio Público Federal en relación con los impactos de la construcción de la usina. Las partes han llegado a dos acuerdos que servirán de base para futuras discusiones: la creación de un comité de supervisión del PBA-CI y el compromiso de la empresa de realizar una auditoría de los daños causados por la obra a todos los pueblos indígenas de Medio Xingú, con miras al pago de una indemnización. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre los resultados alcanzados en el ámbito del procedimiento de conciliación, en particular sobre los resultados de la auditoría y la forma en que se indemniza a los pueblos indígenas. Sírvase también seguir proporcionando información sobre la manera en que los pueblos indígenas participan en la implementación del PBA-CI y los programas que contiene.
3. Pueblo de Cinta Larga. Operaciones ilegales de minería y tala ilegal. En cuanto a la necesidad de proteger al pueblo indígena de Cinta Larga, asentado en las tierras indígenas del Parque de Aripuanã (Estado de Mato Grosso) de la intrusión de terceros en sus tierras, el Gobierno se refiere a una serie de acciones de fiscalización realizadas por la Coordinación General de Vigilancia Territorial (CGMT), que depende de la Dirección de Protección Territorial de la FUNAI, con el fin de prevenir y controlar las intrusiones, las actividades de tala ilegal de la madera, o cualquier otro tipo de degradación. El Gobierno indica que el contexto sigue siendo difícil, con una larga historia y patrones recurrentes de prácticas ilegales. Por lo tanto, es necesario mantener en permanencia acciones de protección territorial para contener tales prácticas. La Comisión solicita al Gobierno que continúe tomando todas las medidas necesarias para garantizar la protección de los derechos de los miembros del pueblo indígena de Cinta Larga sobre las tierras que tradicionalmente ocupan y sobre sus recursos. La Comisión pide al Gobierno que facilite información sobre los medios de que dispone la CGMT para llevar a cabo los controles y que indique si el ministerio público y/o la policía participan en las acciones de fiscalización. Recordando la importancia de luchar contra la impunidad, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre los procedimientos judiciales entablados contra las personas que se introducen ilegalmente en las tierras del pueblo de Cinta Larga y explotan sus recursos y, de ser el caso, sobre las condenas pronunciadas.
Artículos 26 y 27. Educación. La Comisión observa que el programa temático Protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas recuerda en su parte introductoria que el acceso de los pueblos indígenas a una educación diferenciada y de calidad en todos los niveles es responsabilidad de la Unión y de los Estados federales, que deben desarrollar programas específicos de educación escolar indígena. Según este documento, la educación escolar indígena se aborda a través de acciones puntuales sin continuidad y sin diálogo con los pueblos indígenas; la oferta de cursos de formación para profesores es precaria, los planes curriculares y los calendarios no están adaptados a las escuelas indígenas; y el índice de construcción de escuelas y desarrollo de materiales didácticos específicos es bajo. La Comisión pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias para garantizar que los miembros de los pueblos indígenas y quilombolas tengan acceso a una educación de calidad en todos los niveles y en pie de igualdad con el resto de la comunidad nacional, y que se desarrollen programas de educación con esos pueblos. Sírvase proporcionar información estadística sobre la tasa de asistencia escolar de los niños indígenas en los niveles primario, secundario y superior, así como sobre la tasa de deserción escolar, en la medida de lo posible, desglosada por etnia, género y edad.
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