ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Home > Country profiles >  > Comments

CMNT_TITLE

Equal Remuneration Convention, 1951 (No. 100) - Dominican Republic (RATIFICATION: 1953)

DISPLAYINEnglish - FrenchAlle anzeigen

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión en sus comentarios anteriores había solicitado al Gobierno introducir el concepto de igualdad de remuneración entre trabajadores y trabajadoras por un trabajo de igual valor, modificando el artículo 194 del Código del Trabajo para asegurar una mejor aplicación del Convenio. La Comisión nota que la Comisión tripartita designada por el Consejo Consultativo de Trabajo, en julio de 2007, elaboró el proyecto de enmienda del artículo 194 del Código del Trabajo, con el fin de ponerlo en conformidad con el Convenio. La Comisión espera que dicha enmienda integrará plenamente el principio del Convenio y solicita al Gobierno que envíe copia de la enmienda, una vez adoptada por el Congreso Nacional.

2. La Comisión toma nota de que, el Gobierno reitera, en su memoria, que la relación mujer-hombre sigue siendo de 3 a 1 en los altos cargos o puestos superiores.  La Comisión nota que las estadísticas del Gobierno, no brindan información desglosada por sexo sobre la distribución de los puestos ni sobre los montos percibidos en concepto de remuneración. La Comisión nota, por otro lado, que según las estadísticas suministradas, las mujeres representan el 50 por ciento de la mano de obra en las zonas francas y sólo el 31 por ciento en los sectores nacionales productivos. La Comisión insta al Gobierno a que, con su próxima memoria, suministre informaciones estadísticas sobre la distribución de hombres y mujeres en los distintos tipos de actividad, clasificados por categoría ocupacional y remuneración tanto en las zonas francas como en los sectores nacionales productivos. La Comisión reitera al Gobierno su solicitud de información sobre los emolumentos pagados por el empleador en todas las ramas de la actividad económica, y prestando particular atención a los datos que correspondan a las zonas francas de exportación y a la industria hotelera.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud directa dirigida al Gobierno.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer