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Employment Policy Convention, 1964 (No. 122) - Paraguay (RATIFICATION: 1969)

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1. Ejecución de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en marzo de 2006 en la que se informa de que en julio y agosto de 2005 se convocaron reuniones técnicas tripartitas para discutir el texto de la propuesta de política de empleo elaborado por el Gobierno. El texto acordado de los principales lineamientos para la política de empleo parece coherente con los objetivos establecidos en el Convenio. La Comisión se remite a sus comentarios anteriores y pide al Gobierno que, en su próxima memoria, incluya informaciones sobre los resultados alcanzados para la generación de empleo productivo por los lineamientos acordados por los interlocutores sociales. Solicita también al Gobierno que incluya informaciones sobre la manera en que se han tomado en cuenta los objetivos del pleno empleo al formular la política económica y social. Asimismo, la Comisión desearía seguir recibiendo informaciones sobre la experiencia de los interlocutores sociales en Paraguay en relación con la aplicación del Convenio, en particular cuando se hayan incluido en las consultas que requiere el Convenio a representantes del sector rural y de la economía informal (artículos 1, 2 y 3 del Convenio).

2. La Comisión toma nota de las informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo brindadas por el Gobierno en su memoria: la tasa de participación laboral fue en 2004 del 63 por ciento — y la tasa de desempleo abierto afectó al 7,3 por ciento de la población (8,1 por ciento en 2003). El subempleo alcanza a un 24 por ciento de la población: son los trabajos poco remunerados los que alimentan el subempleo en el país. El desempleo abierto afecta en mayor medida a la población de 15 a 19 años y en particular a las mujeres jóvenes (22,1 por ciento de las población femenina juvenil busca activamente empleo). El Gobierno indica que las proporciones se mantienen elevadas hasta los 29 años, donde ocho de cada 100 personas se encuentran desempleadas. La Comisión desearía seguir examinando en la próxima memoria del Gobierno informaciones estadísticas como las que se requieren en el formulario de memoria para el Convenio que permitan conocer la manera en que las medidas adoptadas por los lineamientos acordados en materia de política del empleo han ido mejorando las perspectivas de empleo de las mujeres y de los jóvenes que desean encontrar empleo productivo.

3. Coordinación de la política del empleo con las políticas de enseñanza y formación profesional. La Comisión toma nota de las informaciones presentadas sobre las acciones de formación y capacitación para microempresarios del Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral y del Servicio Nacional de Promoción Profesional realizadas en 2004-2005. Además, el Gobierno incluyó en su memoria indicaciones sobre las iniciativas realizadas a favor del aprendizaje dual para jóvenes. La Comisión pide al Gobierno que continúe incluyendo en su próxima memoria informaciones sobre los programas y proyectos realizados para asegurar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo, indispensable para que cada trabajador tenga todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria para ocupar el empleo que le convenga y utilizar en dicho empleo la formación y facultades que posea.

4. Cooperación técnica de la OIT. La Comisión toma nota con interés de que en el marco de un proyecto para la homogeneización y comparabilidad de indicadores laborales en el MERCOSUR — ejecutado con el apoyo de la OIT — se ha realizado una revisión conceptual y metodológica sobre la medición de los fenómenos laborales en los países del MERCOSUR para definir una batería de indicadores armonizados del mercado del trabajo. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, se incluyan indicaciones sobre las iniciativas que han contado con el apoyo de la OIT para promover, tanto a nivel nacional como subregional, los objetivos de reducción de la pobreza y generación de empleo productivo (parte V del formulario de memoria).

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