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Decreto núm. 368 por el que se aprueba el reglamento para la aplicación de las leyes núms. 18020 y 18611 que regulan el subsidio familiar.

Main Region

First Region

Chile
Workers with family responsibilities
1987-05-04
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Este decreto dispone en su art. 3 que el subsidio familiar será inembargable, y su art. 4 estipula que podrán ser causantes del subsidio los menores hasta quince años de edad, la mujer embarazada perceptora de ciertos topes de ingresos y los deficientes mentales en ciertas condiciones. Determina las modalidades de postulación y otorgación del subsidio, así como de su reclamación, y también determina las modalidades de pago, su duración y extinción. Los subsidios se pagarán con cargo al Fondo Nacional de Subsidio Familiar. Queda derogado el decreto supremo 140 de 17 agosto 1981 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    1987-07-02
    Number
    núm. 32809
    Page range
    págs. 3575-3578