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ESP-1986-L-2046
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Title_of_text
Ley núm. 4 de cesión de bienes del patrimonio sindical acumulado.
Main Region
First Region
Country(ies)
Spain
Subjects (Classification)
Freedom of association, collective bargaining and industrial relations
Adopted on (Date of text)
1986-01-08
Scope of text
National
Type of legislation (Type of text)
Law, Act
Second Region
Abstract/Citation
Esta ley aborda la solución de dos importantes problemas que se plantean en España desde su retorno al nuevo sistema de libertad y pluralidad sindicales, a saber, el de la titularidad de los bienes y derechos procedentes de la antigua Organización Sindical y de las demás entidades sindicales, por una parte, y, por la otra, el contenido histórico derivado de la incautación de los bienes de las organizaciones sindicales democráticas, como consecuencia de la guerra civil española. La ley prevé que la titularidad de los diferentes patrimonios sindicales se atribuya unitariamente a la Administración del Estado, mas no con el carácter global de bienes de dominio público. Los antedichos bienes y derechos serán objeto de cesión en uso en favor de los sindicatos de trabajadores y de las asociaciones empresariales, en proporción a su representatividad, con arreglo a lo dispuesto en la ley orgánica 11/1985, de libertad sindical (SL, 1985 - Esp. 1). En el ámbito formal, la ley ha configurado un régimen jurídico administrativo particular para las cesiones, tildándolas de jurídicamente limitadas, gratuitas y causales, sirviendo como pauta de definición jurídica el criterio de la finalidad a la que los bienes y derechos de que se trata sirvieron en su momento. Para precisar este criterio, la exposición de motivos hace referencia a las decisiones del Comité de Libertad Sindical de la OIT, singularmente en el caso núm. 900. La gestión del patrimonio sindical se confía a una comisión, que dependerá del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y se integrará por representantes de la Administración del Estado y de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas. La ley prevé también la reintegración a las organizaciones sindicales de los bienes incautados a raiz de la guerra civil, basándose para ello en dos criterios: por una parte, la organización interesada deberá acreditar que son los legítimos sucesores del sindicato cuyos bienes se hubieren incautado, y por la otra, solo se restituirán los bienes efectivamente confiscados. Si esta restitución no fuera ya posible, bien por haber pasado los bienes a poder de terceros, bien por haber aquéllos desaparecido o sufrido alteraciones sustanciales, el Estado compensaría su valor a los sindicatos en cuestión.
Implementing Text region
Implementing text(s)
1986-08-01 (ESP-1986-R-29844)
Real decreto núm. 1671 por el que se aprueba el reglamento de la ley de cesión de bienes del patrimonio sindical acumulado
Implementing text(s)
1986-08-01 (ESP-1986-R-29844)
Real decreto núm. 1671 por el que se aprueba el reglamento de la ley de cesión de bienes del patrimonio sindical acumulado
Amending Text region
Amending text(s)
2005-10-28 (ESP-2005-L-72157)
Real Decreto-Ley núm. 13/2005 por el que se modifica la Ley núm. 4/1986 de cesión de bienes del patrimonio sindical acumulado.
Erratum region
Erratum title
erratas: ibid.
Date
1986-02-12
Number
N. 37
Page range
p. 5640
Serial region
Serial title
Boletín Oficial del Estado
Date
1986-01-14
Number
núm. 12
Page range
pp. 1944-1946