Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil en América Latina (IPEC)

La OIT creó en 1992 el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil. El Programa para América Latina se inició en 1996.

Título: Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil - IPEC en América Latina

Desde su creación, la Organización Internacional del Trabajo ha llevado a cabo esfuerzos para la prevención y erradicación del trabajo infantil. A lo largo de su existencia, la acción de la OIT se ha basado en la estipulación de la edad mínima de admisión al empleo como criterio para definir y reglamentar el trabajo infantil.

La OIT creó en 1992 el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil -IPEC, por sus siglas en ingles, una iniciativa de cooperación técnica dedicada exclusivamente a prevenir y combatir el trabajo de los niños y niñas.

El objetivo principal de este Programa es impulsar el proceso de eliminación del trabajo infantil a través de acciones conjuntas con gobiernos, organizaciones de empleadores, de trabajadores, organizaciones no gubernamentales y otros grupos sociales.

Desde sus inicios hasta la actualidad, IPEC ha evolucionado hacia una red mundial que actualmente abarca 90 países, de los cuales 27 son de América Latina y el Caribe.

En 1995, la Cooperación Española decidió colaborar con la OIT para hacer extensivo el Programa IPEC a América Latina. Esta colaboración y el marco de referencia de la misma quedaron reflejados en el Memorando de Entendimiento del 22 de marzo de 1995 celebrado entre el Gobierno de España y la OIT.

El Programa para América Latina, que se inició en 1996, atendía a Argentina, Bolivia, Chile, Colombia,  Costa Rica,  Ecuador,  El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua,  Panamá, Paraguay,  Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela. Posteriormente se dividió en dos oficinas de Coordinación Subregional: una en Lima, Perú, que atiende a los países de América del Sur y la otra en San José, Costa Rica, que presta servicios a los países de Centroamérica y el Caribe participantes del Programa. Desde 1999, México, Haití y Belice se sumaron al trabajo del IPEC.

El apoyo de España al Programa, el enfoque integral de trabajo, una apuesta por el fortalecimiento de las capacidades de los países y la realización de proyectos de tipo demostrativo, han hecho posible globalizar una propuesta única a nivel regional y enfrentar, a la vez, problemas específicos de manera combinada.

En el año 2000, la contribución de los Estados Unidos de Norteamérica, a través del Departamento de Trabajo - US DOL, permitió fortalecer y ampliar las acciones del Programa en América Latina y extenderlo a Haití y a otros países del Caribe.

El apoyo económico de otros donantes como Holanda, Canadá, Italia, Noruega, así como el Ayuntamiento de Alcalá de Henares (España) y la Comunidad Autónoma de Madrid, han permitido desarrollar acciones complementarias en la erradicación del trabajo infantil, como el fortalecimiento del Sistema de Información Estadística y Monitoreo sobre Trabajo Infantil (SIMPOC), entre otros.

La OIT y el combate al trabajo infantil

En la primera reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo en 1919, se adoptó el primer convenio internacional sobre trabajo infantil, el Convenio sobre la edad mínima (industria), (núm. 5), que prohíbe el trabajo de niños menores de 14 años en establecimientos industriales. En los cincuenta años siguientes se fueron adoptando otros convenios que establecen criterios respecto a la edad mínima en distintos sectores como agricultura, trabajo marítimo, trabajos no industriales, pesca y trabajo subterráneo.

En 1973 se adoptó el Convenio sobre la Edad Mínima de Admisión al Empleo (núm. 138)que se aplica a todos los sectores económicos y a todos los niños y niñas que trabajan, ya sea como asalariados o por cuenta propia y contiene la definición internacional más completa y autorizada de la edad mínima de admisión al empleo. Además, facilita un enfoque flexible y progresivo del problema, sobre todo para los países en desarrollo. El Convenio exige a los Estados que lo ratifican, la fijación de una edad mínima de admisión al empleo.

Más allá del criterio de la edad mínima, la OIT adoptó en 1999 el Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil (núm. 182). Se trata de aquellas formas de trabajo que esclavizan al niño o niña, lo separan de su familia, lo exponen a graves peligros y enfermedades, o lo dejan abandonado a su suerte en las calles de las ciudades desde tierna edad.

La eliminación de las peores formas de trabajo infantil ha pasado a ser una prioridad urgente de la acción nacional e internacional para combatir la explotación laboral infantil.


Más información:

Programa IPEC para América Latina y el Caribe

Oficina Regional de la OIT para América Latina y el Caribe